Digesto de Obras Sociales: Leyes y Decretos Nacionales
LEYES
- Ley 17628. Obras Sociales. Consejo Coordinador Nacional de Obras Sociales. Comisión Nacional de Obras y Servicios Sociales. Instituto de Obra Social del Ejército. Dirección de Obra Social Naval. Dirección de Bienestar del Personal de la Fuerza Aérea. Exclusión.
- Ley 18257. Creación del Instituto de Servicios Sociales para el personal de la Industria de la Carne y Afines. Normas de funcionamiento.
- Ley 18290. Instituto de Servicios Sociales para el Personal Ferroviario. Creación como organismo continuador de la Dirección General de la Asistencia y Previsión Social para Ferroviarios.
- Ley 18299. Instituto de Servicios Sociales para el Personal de la Industria del Vidrio y Afines. Creación. régimen de funcionamiento.
- Ley 19032. Obra Social, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
- Ley 19316. Instituto de Servicios Sociales para las Actividades Rurales y Afines.
- Ley 19322. Instituto de Servicios Sociales Bancarios. Derogación de los decretos. Ley Nº 20714/56, 7555/57 y 11921/57.(Acta constitutiva y estatus).
- Ley 19518. Instituto de Servicios Sociales para el Personal de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda. Ley org nica.
- Ley 19655. Obra Social para la Actividad Docente.
- Ley 19772. Obra Social para Empleados de Comercio. Actividades civiles.
- Ley 20412. Instituto de Obra Social para el personal del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
- Ley 20744. Régimen Contrato de Trabajo.
- Ley 21581. FONAVI
- Ley 22269. Ley de Obras Sociales.
- Ley 22431. Sistema de Protección Integral de Discapacitados.
- Ley 23660. Ley de Obras Sociales.
- Ley 23661. Sistema Nacional del Seguro de Salud.
- Ley 23753. DIABETES. Establécese que el Ministerio de Salud y Acción Social dispondr las medidas necesarias para la divulgación de la problem tica derivada de la enfermedad y sus complicaciones.
- Ley 23890. Modifica Ley de Obras Sociales Nº 23.660. Obra Social - Poder Judicial - Universidad Nacional.
- Ley 23928. Se declara la convertibilidad del Austral a partir del 1 de Abril de 1991, a una relación de: australes 10.000 por cada dolar estadounidense, para la venta en las condiciones establecidas por la presente.
- Ley 24013. Ley DE EMPLEO - Determina el mbito de aplicación, regularización del epmleo no registrado, promoción y defensa del empleo, protección de los trabajadores desempleados, indemnización por despido injustificado.
- Ley 24070. Deuda pública, Asociaciones Sindicales de Trabajadores, Banco Hipotecario Nacional, Obras Sociales, Bonos de Consolidación, Seguro Nacional de Salud.
- Ley 24240. Normas de Protección y Defensa de los Consumidores. Autoridad de Aplicación. Procedimiento y Sanciones. Disposiciones Finales.
- Ley 24241. Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Consejo Nacional de Previsión Social.
- Ley 24455. Prestaciones obligatorias que deber n incorporar aquellas recipendarias del Fondo de Redistribución de la Ley Nº 23.661.
- Ley 24557. Riesgos del Trabajo. Régimen legal. Prevención de los riesgos de trabajo. Contigencia y situaciones cubiertas. Prestaciones dinerarias y en espacie. Determinación y revisión de las incapacidades.
- Ley 24657. Consejo Federal de Discapacidad. Integración. Objetivos. Funciones. Atribuciones.
- Ley 24700. Modificación de la Ley 20744 (Régimen de Contrato de Trabajo). Deróganse los decretos Nº 773/96, 848/96 Y 849/96.
- Ley 24734. Servicios de Cobertura Médica.
- Ley 24741. Obras Sociales Universitarias. Objetivos. Beneficiarios. Gobierno. Presupuesto y Matrimonio.
- Ley 24754. Medicina Prepaga.
- Ley 24788. Ley nacional de lucha contra el alcoholismo. Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol. Creación. Modificación del art. 48 de la Ley 24.449.
- Ley 24901. Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad.
- Ley 24977. REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUE¥OS CONTRIBUYENTES - Aprobación. Disposiciones preliminares. Definición de pequeño contribuyente. Régimen simplificado para pequeños contribuyentes agropecuarios. Régimen especial de los recursos de la Seguridad Social para pequeños contribuyentes. Otras disposiciones. Ley de impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y su modificatoria. Modificación del art. 29. Vigencia.
- Ley 25404. Establécense medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia.
- Ley 25414. Programa Nacional de Detección Temprana y Atención Hipoacusia en el ámbito del Ministerio de Salud. Prestaciones obligatorias que deberán brindar las Obras Sociales y Asociaciones de Obras Sociales regidas por leyes nacionales y entidades de medicina prepaga.
- Ley 25415. Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia. Incorporación de las prestaciones al Programa Médico Obligatorio.
- Ley 25421. Creación del Programa de Asistencia Primaria de Salud Mental, designando al Ministerio de Salud como organismo de aplicación.
- Ley 25504. Modificación de la Ley Nº 22.431. Establécese que el Ministerio de Salud de la Nación expedir el Certificado único de Discapacidad. Alcances de los certificados emitidos por las provincias adheridas a la Ley Nº 24.901.
- Ley 25505. Instruméntase la campaña nacional de donantes de órganos Por más vida.
- Ley 25543. Establécese la obligatoriedad del ofrecimiento del test diagnóstico del virus de inmunodeficiencia humana, a toda mujer embarazada. Consentimiento expreso y previamente informado. Cobertura. Establecimientos asistenciales.
- Ley 25565. Apruébase el Presupuesto Generalde la Administración Nacional para el ejercicio 2002
- Ley 25590. Exímese del pago de derechos de importación y demás gravámenes, a productos críticos destinados al diagnóstic y tratamiento de la salud humana, comprendidos en posiciones arancelarias de la nomenclatura común del Mercosur
- Ley 25673. Créase el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, en el ámbito del Ministerio de Salud.
- Ley 25682. Adóptese, en todo el territorio de la República Argentina, como instrumento de orientación y movilidad para las personas con baja visión, el uso del bastón verde.
- Ley 25689. Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.
- Ley 25785. Establécese que las personas discapacitadas tendr n acceso a una proporción no inferior del cuatro por ciento de los programas sociolaborales que se financien con fondos del Estado Nacional.
- Ley 25865. Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Su modificación. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) - Monotributo. Sustitúyese el Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementaria. Derógase el Régimen Especial de Seguridad Social para Pequeños Contribuyentes Eventuales establecido por el Decreto Nº 1401/2001. Establécese un régimen especial deregularización de obligaciones provenientes del aporte previsional de los trabajadores autónomos, regulado por las Leyes Nros. 24.241, 18.038, 19.032 y 21.581 y del impuesto integrado y cotizaciones previsionales fijas con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, correspondiente a los responsables adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes instituidos por la Ley Nº 24.977 y sus modificaciones.
- Ley 25869. Establécese una asignación mens al para las personas con hemofilia que, como consecuencia de haber recibido tratamientos con homoderivados entre los años 1979 y 1985 inclusive, hubieran sido infectadas con el retrovirus de inmunodeficiencia humana HIV, beneficio que se extiende a los cónyuges o concubinos contagiados por ellos y a los hijos que hubieran sido infectados por transmisión perinatal.
- Ley 25929. Establécese que las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente determinadas prestaciones relacionadas con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, incorpor ndose las mismas al Programa Médico Obligatorio. Derechos de los padres y de la persona recién nacida.
- Ley 25936. Día Nacional del Donante Voluntario de Sangre. Declárase al 9 de noviembre de cada año.
- Ley 25972. Prorrógase el plazo al que se refiere el artículo 1º de la Ley Nº 25.561, por la cual se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, y sus modificatorias. Prorróganse asimismo las disposiciones de la Ley Complementaria Nº 25.790, el estado de emergencia sanitaria nacional dispuesto por el Decreto Nº 486/2002 y la suspensión de despidos sin causa justificada establecida por el artículo 16 de la Ley Nº 25.561 y sus modificatorias, hasta que la tasa de desocupación elaborada por el INDEC resulte inferior al diez por ciento. Establécese que en los casos de acuerdos concursales, judiciales o extrajudiciales homologados en los términos de las Leyes Nros. 24.522, 25.561, 25.563, 25.589 y sus prórrogas, la tasa de justicia ser calculada sobre el monto definitivo de los mismos y que la AFIP conceder mecanismos de extensión de plazos de pago de dichas tasas, hasta un plazo de diez años.
- Ley 26063. Interpretación y aplicación de las leyes en materia de recursos de la seguridad social. Determinación de oficio de los recursos de la seguridad social. Contratación de cooperativas de trabajo. Solidaridad. Agentes de información, retención y percepción de los recursos de la seguridad social. Sanciones. Apelaciones judiciales de las determinaciones de deuda de dichos recursos. Régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico. Tratamiento en el impuesto a las ganancias.
- Ley 26066. Modificación de la Ley Nº 24.193. Manifestación de su voluntad negativa o afirmativa por parte de las personas respecto de la ablación de los órganos y tejidos de sus propios cuerpos. Ablación en los casos de personas capaces mayores de 18 años que no hayan dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se lleve a cabo la extracción de sus órganos y tejidos. Fallecimiento de menores de 18 años no emancipados. Comunicación al Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI).
- Ley 26077. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 el estado de emergencia sanitaria nacional dispuesto por el Decreto Nº 486 del 12 de marzo de 2002, sus disposiciones complementarias y modificatorias, a excepción de las previsiones referidas al Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE).
- Ley 26130. Establécese que toda persona mayor de edad tiene derecho a acceder a la realización de las pr cticas denominadas ligadura de trompas de falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía en los servicios del sistema de salud. Requisitos.
- Ley 26161. Apruébase la Convención Internacional Contra el Dopaje en el Deporte, adoptada en la 33º Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura "UNESCO", el 19 de octubre de 2005.
- Ley 26223. Sustitúyense los artículos 12, 34, 40, 48 y 49 del Anexo a la Ley Nº 24.977 - texto sustituido por la Ley Nº 25.865 y sus modificaciones.
- Ley 26279. Ley de detección y tratamiento de la fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia suprarenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas y sífilis.
- Ley 26281. Ley de prevención y control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de Chagas, hasta su definitiva erradicación de todo el territorio nacional. Discriminación. Sanciones. Financiamiento. Derogación de la Ley 22.360 y del Decreto 1451/82.
- Ley 26283. Obligaciones tributarias. Prestadores médico-asistenciales. Públicos o privados y Obras Sociales del Sistema Nacional del Seguro de Salud enmarcados en la emergencia sanitaria nacional.
- Ley 26326. Ley de transplantes de órganos y tejidos. Manifestación de la voluntad. Canales habilitados para receptarlas. Sustitución del art. 20 de la Ley 24.193.
- Ley 26369. Realización del examen de detección del estreptococo Grupo B Agalactiae a todas las embarazadas con edad gestacional entre las semanas 35 y 37. Incorporación con carácter obligatorio como práctica rutinaria de control y prevención.
- Ley 26396. Prevención y control de los trastornos alimentarios. Diagnóstico y tratamiento de las enfermedades relacionadas con inadecuadas formas de ingesta alimenticia. Obesidad, Bulimia y Anorexia nerviosa. Creación del Programa Nacional de Prevención y Control de los trastornos alimentarios. Inclusión en el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica (SINAVE). Se incorpora en el sistema educativo la Educación Alimentaria Nutricional (EAN).
- Ley 26474. Modificación de la Ley 20744 (Régimen de Contrato de Trabajo).
- Ley 26492. Regulación de la cadena de frío de los medicamentos.
- Ley 26529. Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud.
- Ley 26565. Sustitúyese el Anexo de la Ley Nº 24.977 (Monotributo). Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico. Sustitúyese el Artículo 17 de la Ley Nº 26.063.
- Ley 26588. Interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten.
- Ley 26657. Derecho a la Protección de la Salud Mental. Derógase la Ley Nº 22.914.
- Ley 26683. Marco Regulatorio de Medicina Prepaga.
- Ley 26689. Promuévese el cuidado integral de la salud de las personas con Enfermedades Poco Frecuentes.
DECRETOS
- Decreto 843/82. Se faculta al Ministerio de Acción Social para encomendar el gobierno de las Obras Sociales a cuerpos colegiados integrados por representantes de los beneficiarios, empleadores, y del Estado, así como designar delegados normalizadores, requiriendo propuestas con la intervención del Instituto Nacional de Obras Sociales.
- Decreto 150/92. Reglamenta las normas legales referidas al registro, elaboración, prescripción, expendio, comercialización, exportación e importación del mercado de los medicamentos.
- Decreto 863/92. Establécese la aplicación de la Ley Nº 23.982 a todas las causas contra las Asociaciones Sindicales de Trabajadores, si el objeto fuera el contemplado en el art. 1º de la Ley Nº 24.070
- Decreto 1723/92. Deuda pública. Se establecen las autoridades de aplicación de la Ley Nº 24.070 en los casos de pasivos de Asociaciones Sindicales de Trabajadores, de los Agentes del Seguro Nacional de Salud y las Obras Sociales, y en materia del régimen de consolidación de deudas, Ley Nº23.982.
- Decreto 9/1993. Los beneficiarios comprendidos en los arts. 8º y 9º de la Ley Nº 23.660, tendr n libre elección de su Obra Social dentro de las comprendidas en los incs. a), b), c), d) y f) del art. 1º de la mencionada ley.
- Decreto 507/93. Obligaciones del Sistema de Seguridad Social. Asígnase a la DGI la misión relativa a la recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la Seguridad Social
- Decreto 572/93. Prestaciones por desempleo. Situación legal de desempleo. Interrupción del contrato de trabajo. Empleador en concurso preventivo o quiebra. Pago. Subrogación.
- Decreto 576/93. Reglamentación del Sistema de Obras Sociales y del Sistema Nacional del Seguro de Salud - Ley 23,660 / Ley 23,661
- Decreto 578/93. Créase el Registro Nacional de Hospitales Públicos de Autogestión
- Decreto 784/93. Interviénese la Administración Nacional del Seguro de Salud
- Decreto 2254/93. Establece un Plan de Facilidades de Pago para empleadores cuyo objeto sea la realización de obra médico-asistencial de beneficencia sin fines de lucro incluidas las Obras Sociales regidas por la Ley Nº 23.660.
- Decreto 535/94. Desígnase Interventor del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Al Sr. Carlos E. Alderete
- Decreto 1918/94. Se transforma la Obra Social que asiste a los trabajadores de la empresa Obras Sanitarias de la Nación en una Obra Social Sindical.
- Decreto 218/95. Se transforma en una Obra Social Sindical al Instituto de Obra Social (I.O.S.) que ser conducida y administrada por la Unión Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.).
- Decreto 270/95. Obligaciones del Sistema Unico de la Seguridad Social. Se establecen planes de facilidades de pago de las obligaciones del Sistema Unico de la Seguridad Social para empleadores, Agentes de retención de convenios de corresponsabilidad gremial, trabajadores autónomos, Asociaciones Sindicales de trabajadores y Obras Sociales.
- Decreto 292/95. Reducción de las contribuciones patronales. Distribución autom tica del Fondo Solidario de Redistribución. Eliminación de múltiples coberturas y unificación de aportes para Obras Sociales. Libertad de elección para los jubilados. Transferencia de las funciones de asistencia social del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Traspaso de pensiones no contributivas a la Secretaría de Desarrollo Social. Cobertura de salud a los titulares de pensiones no contributivas nacionales. Transferencia de personal. Requisitos para acceder a los beneficios. Disposiciones finales.
- Decreto 314/95. Se establece un régimen de facilidades de pago del Sistema Unico de la Seguridad Social
- Decreto 492/95. Programa Médico Obligatorio. Fusión de Obras Sociales. Reducción de Contribuciones Patronales. Trabajadores a tiempo parcial. Transformación y disolución de los Institutos de Servicios Sociales. Disposiciones finales. Derógase el
- Decreto Nº 282/95
- Decreto 580/95. Reglamentación de la Ley Nº 24.455
- Decreto 813/95. Se ratifica la resolución conjunta Nº 3625/95 del ANSSAL y Nº 139/95 de INOS, relativa a la nueva Obra Social que resulte de la transformación del Instituto de Servicios Sociales para el Personal de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda.
- Decreto 903/95. Establécese un régimen para aquellas Obras Sociales que se organicen en las Universidades Nacionales.
- Decreto 240/96. Se dispone la transformación del Instituto de Servicios Sociales Bancarios en una Obra Social.
- Decreto 263/96. Suprímese el aporte creado por el art. 17º inc. f) de la Ley Nº 19.322.
- Decreto 333/96. Díctanse las disposiciones reglamentarias de las leyes Nros. 24.013 y 24.557, referidas al Sistema Unico de Registro Laboral y al Registro de Incapacidades Laborales, respectivamente.
- Decreto 359/96. Prorrógase el plazo establecido en el art. 10º del decreto Nº 492/95 para los Institutos de Servicios Sociales, cuya transformación en Obras Sociales no se hubiere concretado hasta el presente.
- Decreto 915/96. Modifícase el
- Decreto Nº 263/96, a fin de restituir el aporte del inc. f), del art. 17º, de la Ley Nº 19.322, hasta el 1º de julio de 1997, fecha en que quedar suprimido.
- Decreto 1141/96. Defínese la fecha a partir de la cual la población beneficiaria podr efectivamente optar entre las distintas Obras Sociales Sindicales.
- Decreto 1142/96. Establécese que la Administración Nacional del Seguro de Salud deber dictar la operatoria pertinente para efectivizar el relevamiento de las nuevas entidades que deseen registrarse como Agentes del citado Sistema.
- Decreto 1157/96. Difiérese temporalmente, con relación al Instituto de Servicios Sociales para el Personal de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamo para la vivienda a la supresión de recursos de distinta naturaleza dispuesta en el art.2º del decreto Nº 359/96.-
- Decreto 1422/96. Modifícase el artículo 2º del Decreto Nº 1142/96.
- Decreto 1560/96. Ratifícase la Resolución Nº 633/96 del Ministerio de Salud y Acción Social .
- Decreto 1581/96. Establécese que las Obras Sociales o Asociaciones de Obras Sociales con efectores propios que resulten acreedoras de otras entidades del sistema previsto por la Ley Nº 23.661 podr n percibir su crédito a través de un crédito autom tico.
- Decreto 1615/96. Créase la Superintendencia de Servicios de Salud en Jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción Social.
- Decreto 84/97. Modifícase la Resolución Nº 633/96 del Ministerio de Salud y Acción Social, ratificada por Decreto Nº 1560/96, mediante la cual se dictaron normas complementarias para posibilitar que los beneficiarios de Obras Sociales comprendidos en los incisos a), b), d), f) y h) de la Ley Nº 23.660 ejerzan su derecho a la opción de cambio entre las mismas.
- Decreto 137/97. Precísase el concepto ?gastos médicos? establecido en el inciso d) del artículo 103 bis de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y su modificatoria. Autoridad de aplicación del inciso b) del citado artículo. Determínase el car cer que han de tener frente a la Seguridad Social los beneficios sociales y dem s prestaciones que establece la Ley Nº 24.700.
- Decreto 155/97. Inclúyese en el Artículo 2º de la Ley Nº 23.982 a la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD).
- Decreto 156/97. Inclúyese en el Artículo 2º de la Ley Nº 23.982 al Instituto de Servicios Sociales Bancarios.
- Decreto 177/97. SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Desígnase Superintendente.
- Decreto 197/97. Cese de la Intervención dispuesta por el Decreto Nº 535/94, procediéndose al restablecimiento de los órganos de administración y control, según las disposiciones de la Ley Nº 19.032 y sus modificatorias, con el fin de su normalización institucional.
- Decreto 206/97. Extiéndese el plazo para el ingreso al Programa de Reconversión de Obras Sociales.
- Decreto 638/97. Otórgase a los beneficiarios de las Obras Sociales del Personal de Dirección y de las Asociaciones Profesionales de Empresarios, la libre elección entre las mismas. Prohibiciones.
- Decreto 762/97. SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES BµSICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - Creación. Objetivos. Beneficiarios. Organismo regulador. Registro Nacional de Personas con Discapacidad. Organismo responsable. Nomenclador de Prestaciones B sicas. Fondo Solidario de Redistribución.
- Decreto 833/97. Sustitúyese el artículo 21 de la Ley Nº 24.241, reemplazando el Aporte Medio Previsional Obligatorio (Ampo) por la nueva unidad de referencia denominada Módulo Previsional (Mopre) que tendr un valor que ser fijado anualmente y regir desde su vigencia para todas las jubilaciones y pensiones que se otorguen en lo sucesivo.
- Decreto 945/97. Reglaméntase el artículo 2º de la Ley Nº 24.734
- Decreto 1301/97. Exclúyese del régimen de desregulación de las obras sociales a aquéllas incluidas en el inciso f) del artículo 1º de la Ley Nº 23.660. Modificación del Decreto Nº 9/93.
- Decreto 1424/97. PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA
- Decreto 53/98. Créase la Administración de Programas Especiales como organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional.
- Decreto 405/98. Apruébanse la Estructura Org nico-funcional de transición de la citada entidad aut rquica, ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el Sistema del Seguro de Salud, en jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción Social y el Plan Estratégico de la misma.
- Decreto 504/98. Establécese la sistematización y adecuación de la reglamentación del derecho de opción de cambio por parte de los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud. Deróganse los Decretos Nros. 1560/96 y 84/97 y la Resolución Nº 633/96-MSAS.
- Decreto 885/98. REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUE¥OS CONTRIBUYENTES - Reglamentación de la Ley nº 24.977.- Monotributo
- Decreto 1181/98. Prorrógase el diferimiento previsto por el Decreto Nº 1157/96, en relación a la supresión de los recursos de distinta naturaleza destinados a la Obra Social de la Actividad de Seguros, Reaseguros, Capitalización y Ahorro y Préstamo para la Vivienda.
- Decreto 1193/98. Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 24.901.
- Decreto 1271/98. Reglamentación de la Ley 23.753, que contiene previsiones sobre aspectos relevantes de la prevención de la diabetes y de distintos problemas derivados de la atención de pacientes diabéticos.
- Decreto 1359/98. Modificación del Decreto Nº 492/95, en relación con la forma de redistribución de los recursos solidarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud, garantiz ndose una cotización mínima mensual por beneficiario.
- Decreto 1520/98. SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES - Establécense nuevas alicuotas para las contribuciones a cargo de los empleadores sobre la nómina de salarios, que ser n de aplicación para las remuneraciones que se devenguen a partir del 1º de Abril, 1º de Agosto y 1º de Diciembre de 1999
- Decreto 1576/98. Apruébase la estructura organizativa de la citada entidad aut rquica en jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción Social.
- Decreto 60/99. Suspéndese la vigencia del decreto Nº 1359/98, por el que se adoptó un método de ajuste por composición de cada grupo familiar.
- Decreto 176/99. Déjase sin efecto la disminución de las contribuciones de las contribuciones patronales dispuestas por el Decreto 1520/98, para las remuneraciones que se devengan a partir del 1 de Diciembre de 1999
- Decreto 402/99. Establécese que podr n incorporarse acuerdos que prevean la suspensión de la prestación de trabajo, consensuada con el trabajador, la asociación gremial que lo representa y el empleador. Obligaciones del empleador.
- Decreto 454/99. Determínase que las deudas por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, contraídas por las obras sociales, se encuentran comprendidas dentro de los alcances de las leyes 23.697 y 24.070.
- Decreto 460/99. Modificación de la reglamentación de la Ley Nº 24.241, en relación con los requisitos a cumplir para adquirir la calidad de aportante regular o irregular con derecho, en el desempeño de tareas discontinuas, para la percepción del retiro transitorio por invalidez.
- Decreto 1215/99. Asígnase al citado organismo, la administración del Fondo Solidario de Redistribución y establécese un órgano de dirección colegiado y representativo para asegurar una mayor equidad y participación en la distribución de los recursos, garantizando la solidaridad que constituye la base fundacional del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
- Decreto 27/00. Modifícase el Decreto Nº 1615/96, en relación con la conducción del mencionado organismo descentralizado.
- Decreto 41/00. Desígnase Superintendente y Presidente del Directorio e integrantes del Directorio.
- Decreto 64/00. Derógase el Decreto Nº 1215/99, restableciendo la vigencia de su similar Nº 53/98 por el que fue creado el mencionado organismo descentralizado y modificando la designación de los Gerentes, prevista en el artículo 4º.
- Decreto 335/00. Procedimiento para la unificación de aportes y afiliación instituida por la Ley Nº 24.741 que lleven a cabo los beneficiarios de dicha Ley en una obra social universitaria. Formulario de opción. Transferencia a la obra social universitaria del total de los aportes y contribuciones que correspondan al afiliado de la Obra Social del Sistema Nacional del Seguro de Salud que optó por la obra social universitaria.
- Decreto 446/00. Establécese que los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud podr n, a partir del 1º de Enero de 2001, ejercer el derecho de opción entre las siguien-tes entidades, cualquiera de las Obras Sociales indicadas en el artículo 1º de la Ley Nº23.660, las que se hubieran adherido al sistema de la Ley Nº 23.661 y su modificatoria y las entidades que tengan por objeto específico la prestación de servicios de salud y se ajusten a la normativa que determinar la Superintendencia de Servicios de Salud.
- Decreto 485/00. Modifícase la Reglamentación del Régimen creado por la Ley Nº24.977, aprobada por el Decreto Nº885/98. Régimen especial de la seguridad social para Empleados del Servicio Doméstico.
- Decreto 939/00. Créase el Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada. Objetivos.
- Decreto 1099/00. Modifícase el inciso b) del artículo 14 de la Ley Nº24.241, que enumera las entidades que pueden participar en la operatoria de descuentos a terceros e indica los par metros a los que deben ajustarse, determinando el porcentaje de deducción de los haberes mensuales y definiendo los requisitos b sicos que deben cumplir ls entidades participantes del régimen.
- Decreto 1140/00. Modifica el Decreto Nº446/00, con el fin de dejar expresamente establecido que las Obras Sociales a que se refiere el inciso g) del artículo 1º de la Ley Nº23.660, como así también el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, quedan excluidas del Sistema creado por dicho Decreto. Fíjanse nuevos destinos para los recursos del Fondo Solidario de Redistribución. Facúltase a la Autoridad de Aplicación para que adopte las medidas legales que permitan establecer sanciones, frente a las eventuales conductas de los sujetos involucrados en el Sistema que intenten obstaculizar la voluntad y libertad de los afiliados.
- Decreto 1305/00. Apruébase la reglamentación de determinados artículos del Decreto Nº446/00 y su modificatorio Nº1.140/ 00, con el fin de sistematizar mecanismos para la incorporación de nuevas entidades como agentes adheridos al Sistema Nacional del Seguro de Salud y garantizar que la decisión de los beneficiarios se establezca mediante un acto de voluntad libremente expresada.
- Decreto 13/01. Cese de la Comisión Interventora Normalizadora. Designación de Interventor Normalizador y Subinterventora General. Transfiérese dicho instituto al mbito del Ministerio de Salud.
- Decreto 270/01. Interviénese el mencionado organismo descentralizado, en jurisdicción del Ministerio de Salud. Desígnase Interventor y Subinterventor, con car cter ?ad honorem?.Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2001, mediante la transferencia a la Administración de Programas Especiales de los cargos y créditos presupuestarios correspondientes al Programa 23-Asistencia Financiera a Agentes del Seguro de Salud y Programas Especiales de la Administración Central, de la jurisdicción 80- Ministerio de Salud.
- Decreto 290/01. Modifícase el artículo 5º del Anexo ?Reglamentación del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico? aprobado por el Decreto Nº485/00, en relación con los aportes de los trabajadores menores de 18 años.
- Decreto 294/01. Establécese que los Agentes del Seguro de Salud que pudieran corresponder y la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares tendr n derecho a percibir los recursos del Fondo de Redistribución creado por la Ley Nº 23.661, en relación con los beneficiarios no comprendidos dentro del régimen especial establecido por la Ley Nº25.239.
- Decreto 377/01. Suspéndese la aplicación de los Decretos Nº446/00, 1.140/00 y 1.305/00, por los que se instituyó la posibilidad de que los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud pudieran ejercer en forma amplia su derecho de opción entre distintos Agentes del Seguro de Salud.
- Decreto 465/01. Obsérvase el artículo 6º del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.421.
- Decreto 970/01. Proyecto de Reforma de Obras Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PROS) y el Programa de Reconversión del Sistema de Seguro de Salud (PRESS). Asígnase la responsabilidad de su conducción a la Subsecretaría de Atención Primaria de la Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud, en forma colegiada.
- Decreto 1002/01. Déjase sin efecto la excepción establecida en el Decreto Nº 197/97 y modificatorios, instrumentando un mecanismo para la cancelación de una deuda del citado Instituto correspondiente a un préstamo otorgado por la ex ANSSAL.
- Decreto 1034/01. CONTRIBUCIONES PATRONALES - Suspéndese la aplicación de las disposiciones del Decreto nº 814/2001, respecto de los empleadores titulares de establecimientos educacionales privados cuyas actividades resulten comprendidas en la Ley 24.195 y sus modificaciones y en la Ley 24.521 y sus modificaciones.
- Decreto 1238/01. Autorízase a la Superintendencia de Servicios de Salud a transferir a la Administración de Programas Especiales los Bonos de Consolidación en Moneda Nacional -Tercera Serie- y Bonos de Consolidación en Dólares Estadounidenses- Tercera Serie- a que se refiere el Decreto Nº 1002/01. Autorízase a la mencionada Administración a cancelar con dichos Bonos las compensaciones que las Obras Sociales hubieran solicitado al Fondo Solidario de Redistribución.
- Decreto 1328/01. Autorízase a la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud ?Dr. Carlos G. Malbr n?, a utilizar los mecanismos de compras a disposición de los Estados miembros de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud, para la adquisición de medicamentos destinados al tratamiento de la tuberculosis.
- Decreto 1400/01. Registro de Datos. Fondo Solidario de Redistribución. Derecho de opción del Beneficiario. Obras Sociales en crisis: Garantía de Continuidad de la Cobertura. Limitación para el otorgamiento de Subsidios Financieros.
- Decreto 1401/01. Créase un Régimen Especial de Seguridad Social para Pequeños Contribuyentes Eventuales. Régimen de Cotización. Prestaciones- Requisitos. Vigencia- Disposición Transitoria.
- Decreto 1616/01. Apruébanse los montos de los aranceles por servicios solicitados a la Dirección de Registro y Fiscalización de Recursos de Salud. Excepciones.
- Decreto 284/02. Dase por prorrogada la vigencia del artículo 1º del Decreto Nº 1034 de fecha 14.8.2001, desde el 1º de enero hasta el 31.12.2002, del incremento de las referidas contribuciones para los empleadores titulares de establecimientos educacionales privados cuyas actividades se encuentren comprendidas por las Leyes Nros. 24.195 y 24.521 y sus respectivas modificaciones.
- Decreto 486/02. Decl rase la Emergencia Sanitaria Nacional. Atribuciones del Ministerio de Salud. Suministro de insumos y medicamentos a instituciones públicas de salud con servicios de internación. Atribuciones del Consejo Federal de Salud. Financiamiento. Régimen de compras y contrataciones. Monitoreo de precios e importación. Listado de medicamentos e insumos.Precios de referencia. Prescripción por genéricos y su sutistución. Programa Nacional de Universalización del acceso a medicamentos. Creación y funcionamiento. Sistema Nacional del Seguro de salud. Garantía de las prestaciones b sicas esenciales. Fondo solidario de redistribución. Colegios profesionales. Sentencias con condena de pago. Emergencia Sanitaria y social del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Atribuciones del interventor normalizador. Contrataciones del citado instituto. Relevamiento y control de deudas. Disposiciones finales.
- Decreto 788/02. EMERGENCIA SANITARIA NACIONAL- Derógase el artículo 34 del Decreto Nº 486 del 12 de marzo de 2002.
- Decreto 1053/02. Modifícase el Decreto 450/2002, incluyendo en el inciso 2 a los programas que se encuentran a cargo del Ministerio de Salud.
- Decreto 1149/02. Asígnase a la Subsecretaría de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud del Ministerio de Salud y a la Superintendencia de Servicios de Salud, la responsabilidad de la conducción del Proyecto de Reforma de Obras Sociales e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y el Programa de Reconversión del Sistema de Seguro de Salud (PRESSS).
- Decreto 1606/02. Transfiérese al citado Departamento de Estado la gestión de la cobertura médica de los beneficiarios de pensiones no contributivas otorgadas y a otorgarse por la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales.
- Decreto 1867/02. Establécense criterios sobre las formas de redistribución de los recursos solidarios.
- Decreto 2343/02. Apruébanse contratos celebrados por el citado organismo descentralizado en jurisdicción del Ministerio de Salud.
- Decreto 2724/02. Prorróganse, la Emergencia Sanitaria Nacional declarada por el Decreto Nº 486/2002 hasta el 10 de diciembre de 2003, el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE), la obligatoriedad de Prescripción y dispensa por nombre genérico del medicamento o denominación común internacional y el procedimiento de facturación y cobro de prestaciones efectuadas por Hospi-tales Públicos de Gestión Descentralizada. Créanse, el Seguro de Salud Materno Infantil y el Consejo Nacional Consulti-vo de Salud.
- Decreto 191/03. Dispóngase el pago de un subsidio temporario para beneficiarios de las prestaciones previsionales abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social
- Decreto 348/03. Dispóngase la intervención del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, por el plazo de ciento ochenta días, para su reestructuración y normalización definitiva.
- Decreto 472/03. ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES Apruébase un contrato celebrado por el citado organismo descentralizado del mbito del M inisterio de Salud
- Decreto 478/03. ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES Apruébanse renovaciones de contratos celebrados por el citado organismo descentralizado del mbito del Ministerio de Salud.
- Decreto 741/03. Fondo Solidario de Redistribución. Modifícanse los Decretos Nros. 576/93, 1400/2001 y 1867/2002, con la finalidad de establecer un mecanismo de distribución autom tica de los recursos de dicho Fondo, utilizando el padrón de beneficiarios del mencionado Sistema, confeccionado por la Superintendencia de Servicios de Salud.
- Decreto 987/03. Apruébase la reglamentación de la Ley de Promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico, nº 25.649
- Decreto 1027/03. Dase por incorporados a la Colonia Nacional Dr. Manuel A. Montes de Oca y al Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur, en el Anexo I ?Organismos cuyo personal quedar compendido en la Negociación Colectiva? del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 66 del 29 de enero de 1999
- Decreto 1172/03. Apruébanse los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional, para la Publicidad de la Gestión de Intereses en el mbito del Poder Ejecutivo Nacional, para la Elaboración Participativa de Normas, del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional y de Reuniones Abiertas de los Entes Reguladores de los Servicios Públicos, Formularios de inscripciones, registro y presentación de opiniones y propuestas. Establécese el acceso libre y gratuito vía Internet a la edición diaria del Boletín Oficial de la República Argentina.
- Decreto 1210/03. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2004 la declaración de Emergencia Sanitaria Nacional dispuesta por el Decreto Nº 486/2002 y prorrogada por su similar 2724/2002. Mantiénese la prioridad asignada a los programas del Ministerio de Salud por el Decreto Nº 1053/2002. Alcances. Prorrógase por el término de ciento ochenta días el Programa Médico Obligatorio de Emergencia.
- Decreto 1212/03. Régimen de percepción y retención para el ingreso de los aportes personales y contribuciones patronales correspondientes a los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional en cualquier categoría y demás personal dependiente de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que intervengan en los torneos organizados por dicha asociación en las divisiones Primera A, Nacional B y Primera B.
- Decreto 1254/03. Apruébase la estructura organizativa de la Administración de Programas Especiales -organismo descentralizado en jurisdicción del Ministerio de Salud-.
- Decreto 1277/03. Creación del mencionado Fondo que tendr por objeto el financiamiento de Programas y Proyectos a favor de Personas con Discapacidad que tengan como finalidad la preven-ción, la rehabilitación integral y/o la equiparación de oportunidades. Constitución. Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad. Unidad Ejecutora de Proyectos. Creación. Objetivos. Banco Central de la República Argentina.
- Decreto 1282/03. Reglaméntase la Ley Nº 25.673.
- Decreto 1305/03. SSSALUD - Modificación de la estructura org nico-funcional del citado Organismo, aprobada por el Decreto Nº 1576/98. Designaciones transitorias.
- Decreto 38/04. Establécese que el certificado de discapacidad previsto por la Ley Nº 22.431 y su modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional.
- Decreto 213/04. Establécese que, el monto que deban reintegrar los Agentes del Seguro de Salud con motivo de la revocación de un subsidio por falta del cumplimiento de la rendición de cuentas, se har efectivo mediante el débito autom tico de la cuenta del Agente de salud comprometido. Ratifícase la Resolución Nº 77/2002 de la Administración de Programas Especiales.
- Decreto 643/04. Establécese que la aplicación de las sanciones pecuniarias dispuestas por actos administrativos emitidos por el Superintendente de Servicios de Salud, de conformidad con lo previsto por el artículo 28 inc. b) de la Ley Nº 23.660 y el artículo 43 inc. b) de la Ley Nº 23.661, se har efectiva mediante el débito autom tico de la cuenta de la Obra Social sancionada. Intervención de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
- DEC.756/04. Prorrógase la vigencia del Programa Médico Obligatorio de Emergencia hasta el 31 de Diciembre de 2004. Facúltase al Ministerio de Salud, en el marco del Plan Federal de Salud, a transferir bienes de capital de uso sanitario a las utoridades Sanitarias Provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o a los establecimientos sanitarios que ellas dispongan.
- Decreto 806/04. Reglamentación del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificatorias y complementaria, texto sustituido por la Ley Nº 25.865. Monotributo. Pequeños Contribuyentes Eventuales. Sujetos inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Régimen especial de los recursos de la seguridad social para pequeños contribuyentes. Asociados a Cooperativas de Trabajo. Disposiciones generales y transitorias. Vigencia.
- Decreto 923/04. Sustitúyese la denominación del Ministerio de Salud por la de Ministerio de Salud y Ambiente.
- Decreto 1338/04. Ley DE SANGRE Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 22.990
- Decreto 1608/04. Sustitúyese el artículo 9º del Anexo I de la reglamentación de la Ley Nº 23.660, aprobada por el Decreto Nº 576/93, en relación con los beneficiarios no titulares del mencionado Sistema que figuran a cargo de m s de un beneficiario titular y éstos no han unificado la cobertura.
- Decreto 1666/04. Modifícanse el Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios, en la parte correspondiente al Ministerio de Salud y Ambiente, a fin de establecer un nueva conformación administrativa de sus niveles políticos.
- Decreto 65/05. Ejecución fiscal de deudas en materia aduanera. Procedimiento tendiente a hacer efectiva la responsabilidad solidaria de las entidades financieras, así como la ejecución de garantías. Incorpóranse diversos artículos al Decreto 1397 de fecha 12 de junio de 1979 y sus modificaciones, reglamentario de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998, y sus modificaciones.
- Decreto 106/05. SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Y PROMOCION DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD - Establécese que el mencionado Servicio, organismo descentralizado dependiente de la Secretaría de Programas Sanitarios del Ministerio de Salud y Ambiente, pasar a denominarse Servicio Nacional de Rehabilitación y apruébase su estructura organizativa. Organigrama. Objetivos. Responsabilidad Primaria y Acciones. Dotación.
- Decreto 317/05. Apruébase el mencionado Sistema, que será de aplicación mediante una implementación progresiva en las regiones del país, de acuerdo con la cantidad y densidad de su población beneficiaria. Normas generales. Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud Obligatoriamente Incorporados. Programa de acreditación de prestadores. Régimen de Débito Autom tico para la facturación de servicios médico-asistenciales brindados a beneficiarios de las Obras Sociales. Lineamientos Generales para el Modelo Prestacional. Guía para los contratos a celebrarse entre los Agentes del Seguro de Salud y los Prestadores. Nómina de provincias incorporadas.
- Decreto 449/05. Régimen de excepcion a los Decretos Nros.436/2000, 1023/2001 y sus modificatorios para las contrataciones entre el Estado Nacional y los prestadores pertenecientes al mencionado Sistema. Apruébase el Modelo de contrato a celebrarsencon dichos prestadores.
- Decreto 1515/05. Obsérvase el inciso b) del artículo 5º del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.063.
- Decreto 233/06. Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico. Establécese que las disposiciones del Artículo 17 de la Ley Nº 26.063 surtir n efecto a partir del período mensual devengado en febrero de 2006, inclusive.
- Decreto 265/06. Designaciones con car cter transitorio en el citado organismo descentralizado en el mbito de Ministerio de Salud y Ambiente.
- Decreto 1110/06. Ley Nº. 26130 - Promulgación
- Decreto 1901/06. Norma que regula la Distribución por Ajuste de Riesgo de los Recursos del Fondo Solidario de Redistribución recaudados de acuerdo al Artículo 19, incisos a) y b) de la Ley Nº 23.660 y al Artículo 22, inciso a) de la Ley Nº 23.661, con excepción de aquellos que se descuenten previamente para los gastos operativos de la Superintendencia de Servicios de Salud, según lo dispone el Artículo 24, inciso -- b), apartado 1 de la Ley Nº 23.661, y los que se asignen a la Administración de Programas Especiales a través de la Ley de Presupuesto para cada año.
- Decreto 1949/06. Modificación de la reglamentación de la Ley Nº 24.193 según texto de la Ley Nº 26.066 aprobada por Decreto Nº 512 del 10 de abril de 1995.
- Decreto 1071/07. Ley de transplantes de órganos y tejidos. Provisión de medicamentos y procedimientos terapéuticos necesarios que surjan como consecuencia de los trasplantes realizados en personas sin cobertura y carentes de recursos. Programa Nacional de Seguimiento Postrasplante. Objetivos. Reglamentación del art. 14 de la Ley 26.066.
- Decreto 1547/07. Superintendencia de Servicios de Salud. Aprobación de su estructura org nica. Creación del cargo de Defensor del Beneficiario. Modificación de la distribución del presupuesto, aprobada por la decis. administrativa 1/2007 (J.G.M.).
- Decreto 1762/07. Establecese un regimen especial para el ingreso de determinados impuestos y obligaciones previsionales.
- Decreto 1776/07. Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal. Obras Sociales dependientes de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina y del Servicio Penitenciario Federal. Norma complementaria del
- Decreto 1731/2004.
- Decreto 1395/08. Veto parcial de la Ley 26.396.
- Decreto 1448/08. Aportes y contribuciones de la seguridad social. Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Sistema Nacional del Seguro de Salud, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y Sistema de Riegos del Trabajo. Se extiende el límite para el c lculo de aportes y contribuciones a todos los subsistemas de la Seguridad Social. Aplicación de lo dispuesto en el art. 9º de la Ley 24.241.
- Decreto 1618/08. Ministerio de Salud. Renuncias y designaciones de funcionarios de la Superintendencia de Servicios de Salud.
- Decreto 10/09. Fíjase el importe de la remuneración bruta mensual sobre las que proceden las retenciones destinadas al Fondo Solidario de Redistribución.
- Decreto 21/09. Créase una Comisión Nacional de Investigación.
- Decreto 148/09. Autorízase la contratación celebrada con el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados relacionada con la atención médica y social de los beneficiarios de pensiones no contributivas.
- Decreto 149/09. Ley Nacional de Lucha Contra el Alcoholismo. Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 24.788.
- Decreto 308/09. Designaciones transitorias en el ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud. Excepción al art. 7º de la leyes 26.337 y 26.422.
- Decreto 1034/09. Desígnase el Superintendente.
- Decreto 1246/09. Interviénese la Obra Social Bancaria Argentina. Desígnase Interventor.
- Decreto 1399/09 . Dánse por prorrogadas designaciones en la Superintendencia de Servicios de Salud.
- Decreto 312/10. Reglamentación de la Ley Nº 22.431. Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.
- Decreto 330/10. Cálculo de aportes y contribuciones.
- Decreto 1286/10. Créase el Instituto Nacional del Cáncer. Objetivos. Atribuciones. Funciones.
- Decreto 2070/10. Dispónese el cese de la intervención de la Obra Social Bancaria Argentina.
- Decreto 77/11. Distribución de excedentes del Fondo Solidario de Redistribución entre los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud.