Boletín Legisalud - Resumen semanal - Comentarios
Ley 27283 - B.O. 20/10/16.
Sumario: Consejo Federal de Precursores Químicos. Creación. órgano Asesor de la Autoridad de Aplicación del Registro Nacional de Precursores Químicos creado por ley 26.045.

Comentario: Se crea el Consejo Federal de Precursores Químicos como órgano asesor de la autoridad de aplicación del Registro Nacional de Precursores Químicos creado por ley 26.045. Tiene por funciones a) Analizar cuestiones referidas a los contenidos de las listas de sustancias y productos químicos establecidas en los artículos 24 y 44 de la ley 23.737; b) Realizar propuestas respecto de los precursores químicos que deben integrar las listas; c) Confeccionar informes e investigaciones que indaguen respecto de la dinámica, evolución y surgimiento de nuevos precursores químicos y mezclas; d) Construir y mantener actualizado un mapa federal que caracterice regionalmente los principales aspectos de las problemáticas vinculadas a la producción, comercialización y distribución de precursores químicos; e) Diseñar y proponer la implementación de políticas públicas en la materia de su competencia; f) Proponer normativa, protocolos, procedimientos y mecanismos tendientes a mejorar el control de la producción, comercialización y distribución de precursores químicos.
Norma(s) relacionada(s):
- Ley 26045, de 8 de junio de 2005.


Resolución (M.S.) 1775-E/2016 - B.O. 17/10/16.
Sumario: Observatorio Federal de Recursos Humanos en Salud. Creación.

Comentario: Se crea el Observatorio Federal de Recursos Humanos en Salud en el ámbito de la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización, dependiente de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos. Sus objetivos son contribuir al desarrollo de la capacidad de conducción y gestión de políticas de Recursos Humanos de Salud, fortalecer la capacidad de monitoreo y evaluación de las situaciones y tendencias locales de los recursos humanos en todas las jurisdicciones del país, y apoyar al desarrollo de capacidades en las distintas Unidades de Recursos Humanos en Salud de las veinticuatro jurisdicciones para la construcción de Observatorios Locales y Regionales.

Resolución (M.S.) 1812-E/2016 - B.O. 18/10/16.
Sumario: Presentación obligatoria del Certificado Internacional de Vacunación contra la fiebre amarilla. Tripulantes de embarcaciones provenientes de áreas con riesgo de transmisión. Resolución (M.S.) 1424/2016. Sustitución.

Comentario: Se modifica el artículo 1 de la Resolución (M.S.) 1424/2016, estableciéndose de manera obligatoria la presentación del Certificado Internacional de Vacunación contra la fiebre amarilla por parte de los tripulantes de las embarcaciones que ingresen a los puertos de ultramar del país y procedan o hayan recalado en los últimos diez días en áreas con riesgo de transmisión reconocidas por la Organización Mundial de la Salud.

Resolución (M.S.) 1777-E/2016 - B.O. 19/10/16.
Sumario: Convocatoria 2017 a Becas Salud Investiga Dr. Abraam Sonis. áreas de conocimiento y lineamientos específicos priorizados.

Comentario: Se establecen las áreas de conocimiento y los lineamientos específicos priorizados para la Convocatoria 2017 a Becas SALUD INVESTIGA Dr. Abraam Sonis. Las becas estarán orientadas al fortalecimiento de la estrategia de la Cobertura Universal de Salud. Asimismo, se aprueba las condiciones, los montos y la distribución por categorías.

CABA
Ley 5628 - B.O. 18/10/2016.
Sumario: Cuenca Matanza-Riachuelo. Emergencia social, urbanística, ambiental y sanitaria. Prórroga. Modificación del Artículo 7 de la Ley 3947.

Comentario: Se prorroga por el término de tres (3) años la emergencia social, urbanística, ambiental y sanitaria de la Cuenca Matanza-Riachuelo. Asimismo, se establece que en octubre de cada año la Comisión de Ambiente celebrará una Reunión Pública Especial en la Legislatura, a la cual los representantes del Poder Ejecutivo concurrirán a fin de informar sobre las acciones realizadas.

CABA
Ley 5632 - B.O. 18/10/2016.
Sumario: Formación y capacitación en las técnicas principales de Primeros Auxilios y Reanimación Cardiopulmonar (RCP). Jornadas anuales.

Comentario: Se instituye de forma obligatoria, dos (2) jornadas anuales destinadas a la formación y capacitación en las técnicas principales de Primeros Auxilios y Reanimación Cardiopulmonar (RCP) de los trabajadores del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de proveer los conocimientos básicos para enfrentar situaciones de riesgo de vida. A su turno, se establece que el personal alcanzado por la ley, deberá realizar obligatoriamente las jornadas de capacitación, las que deberán ser renovadas cada 2 (dos) años por el personal de planta transitoria y anualmente por el personal de planta permanente.

CORRIENTES
Ley 6392 - B.O. 18/10/2016.
Sumario: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género. Adhesión a la Ley Nacional 27.234.

Comentario: : La provincia adhiere en todo su territorio a la Ley Nacional 27.234, Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género.

ENTRE RIOS
Ley 10439 - B.O. 12/10/2016.
Sumario: Prohibición del cobro de plus a toda persona física y/o jurídica como retribución por los servicios prestados por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas.

Comentario: Se prohíbe en todo el territorio de la provincia el cobro de plus a toda persona física y/o jurídica como retribución por los servicios prestados por los profesionales del arte de curar y las ramas anexas. La prohibición favorece a los afiliados beneficiarios de las Leyes Nacionales 23.660 y 23.661 y a los afiliados al Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (I.O.S.P.E.R.), siempre que el pago supere los aranceles fijados en convenios suscriptos entre la entidad y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución. La ley considera plus, a toda suma dineraria o retribución complementaria cobrada, exigida o recibida indebidamente de los beneficiarios de las obras sociales, que excedan los importes de los aranceles convenidos entre las entidades y los profesionales médicos u organizaciones gremiales que los agrupen, como retribución por sus servicios.

MISIONES
Ley XVII-92 - B.O. 21/10/2016.
Sumario: Creación del Banco Provincial de Prótesis, Materiales Ortopédicos y de Osteosíntesis.

Comentario: El Banco Provincial de Prótesis, Materiales Ortopédicos y de Osteosíntesis, que funciona en el ámbito del Parque de la Salud de la Provincia de Misiones Dr. Ramón Madariaga. Son sus objetivos: 1) proveer los materiales contemplados en el Artículo 1 de la presente Ley, destinados a cubrir la demanda del sistema público de salud; 2) desarrollar e implementar acciones y programas que faciliten el acceso a las prótesis, materiales ortopédicos y de osteosíntesis; 3) entregar los materiales requeridos por los beneficiarios de acuerdo a prescripción médica de un médico de salud pública.

NEUQUEN
Ley 3019 - B.O. 14/10/2016.
Sumario: Modificación del artículo 3 de la Ley 2980. Incorporase a las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO) el abordaje integral, interdisciplinario e inclusivo de la persona con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Comentario: Se incorpora a las prestaciones del Programa Médico Obligatorio (PMO) y se implementa en la formación del recurso humano, en el ámbito de Salud y de Educación, el abordaje integral, interdisciplinario e inclusivo de la persona con Trastorno del Espectro Autista (TEA), tanto en screening, técnicas de detección temprana, métodos de diagnóstico y de tratamiento fundamentados teóricamente y que se evalúen pertinentes para cada caso en particular; y las imágenes con signos de alerta en cartelería de información pública.
Norma(s) relacionada(s):
- Ley Nacional 27043, de 19 de noviembre de 2014.


TUCUMAN
Decreto 3000/2016 - B.O. 18/10/2016.
Sumario: Certificado médico de nacimiento. Aprobación de nuevo Formulario. Unicidad. Obligatoriedad.

Comentario: El decreto aprueba el Modelo de formulario de Certificado Médico de Nacimiento establecido por la Ley Nacional 26.413, el que será único y de uso obligatorio en todo el territorio de la Provincia. De la parte considerativa del citado acto administrativo surge que el nuevo formulario es producto del trabajo conjunto entre el Consejo Federal de Registros Civiles y los Ministerios del Interior y de Salud de la Nación, a fin de que las provincias en el ámbito de sus competencias acompañen las reglamentaciones a nivel nacional y así logra un criterio de trabajo unificado.

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