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| Resolución 2/2017 (INCUCAI) - B.O. 01/03/2017. Sumario:
Distribución y asignación de órganos y tejidos para trasplante. Integración de regiones sanitarias.
Comentario: A los fines de la distribución y asignación de órganos y tejidos para trasplante, la norma aprueba la conformación de las siguientes regiones sanitarias: Región NOROESTE: Jujuy, Salta y Tucumán; Región CUYO: Mendoza, San Luis y San Juan; Región CENTRO: Córdoba, Santiago del Estero, La Rioja y Catamarca; Región LITORAL: Litoral 1: Chaco. Formosa, Corrientes y Misiones. Litoral 2: Santa Fe y Entre Ríos. Región PAMPEANA: La Pampa, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Región PATAGONIA: Patagonia 1: Neuquén y Río Negro Patagonia 2: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
| Disposición 2038/2017 (ANMAT) - B.O. 02/03/2017. Sumario:
Los titulares de certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) bajo la condición de comercializados, deberán informar todo hecho de su conocimiento que pueda afectar el suministro temporal o definitivo de los medicamentos.
Comentario: La norma establece que los titulares de certificados inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) que revistan carácter de comercializados deberán notificar a esta Administración Nacional las circunstancias o hechos bajo su conocimiento que podrían poner en riesgo el suministro de los productos y provocar su discontinuidad temporal o definitiva en el mercado. La notificación deberá realizarse con una antelación mínima de ciento ochenta (180) días corridos y si esto no fuera posible, se deberá notificar dentro de los cinco (5) días posteriores a la toma de conocimiento de aquellas circunstancias relevantes que podrían provocar la discontinuidad de productos autorizados por esta Administración Nacional. La notificación deberá realizarse a través de la declaración jurada que figura como ANEXO y forma parte integrante de la presente disposición. Asimismo, dispone que los titulares de certificados inscriptos en el REM que revistan carácter de comercializados y que decidan discontinuar en forma definitiva la elaboración y/o importación de un producto, siempre que exista un similar en el mercado en condición de comercializado, deberán informar a esta Administración Nacional con una antelación mínima de seis (6) meses a través de la declaración jurada que como ANEXO aprueba la disposición bajo comentario.
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| SANTA CRUZ Decreto 65/2017 - B.O. 09/02/2017. Sumario:
Nueva Estructura Organizativa del Ministerio de Salud y Ambiente.
Comentario: Aprueba a partir del día 1 de febrero del año 2017, la nueva Estructura Organizativa del Ministerio de Salud y Ambiente, en los Niveles de Dirección Provincial, Dirección General, Dirección, Departamento y División, de acuerdo con las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXOS I, II, III, IV, V y VI forman parte integrante del presente y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.
| CABA Decreto 85/2017 - B.O. 01/03/2017. Sumario:
Dotaciones de las Unidades de Guardia del Día de los Hospitales Generales de Agudos Parmenio Piñero, Carlos G. Durand, José M. Penna, y del Hospital General de Niños Pedro Elizalde. Modificación del Decreto 5.919/83.
Comentario: Considera que por la constante demanda de prestaciones a cubrir en las guardias de los hospitales dependientes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta necesario actualizar las dotaciones de ciertos establecimientos, considerando los servicios que ofrece, a fin de que cuenten con el suficiente recurso humano capacitado para brindar la atención adecuada.
Norma(s) relacionada(s): - Decreto 5919, de 29 de setiembre de 1983.
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| CORDOBA Resolución 141/2017 - B.O. 01/03/2017. Sumario:
Llamado a examen único para la selección de Residentes de Salud de la Provincia de Córdoba, Año 2017.
Comentario: .Considera que luego de efectuada una revisión integral, se plantea la necesidad de efectuar modificaciones en lo que respecta a la inclusión del Cronograma de Entrevistas a Instituciones Privadas y Públicas no pertenecientes a esta Jurisdicción Ministerial; como así también la ampliación de becas en Establecimiento Asistenciales Públicos Provinciales y Privados.
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