Palabras preliminares

El presente Documento de trabajo —en el cual el objeto del estudio comparativo es la legislación inter-jurisdiccional sobre sangre—, es una invitación a pensar la legislación sanitaria que queremos.

La legislación argentina es un espejo de los más de 200 años de la historia de nuestro país, con los altibajos y sobresaltos de nuestro pasado. Con la mirada optimista puesta en el futuro, a partir de éste presente, cimentado en libertad y con base en cambios socio – culturales fundados en los valores democráticos y de DDHH.   

Estamos en una etapa histórica de construcción de una sociedad más equitativa e igualitaria.

Igualmente, es la hora epocal de comenzar a desarrollar un sistema legislativo sanitario federal, armónico, democrático, equitativo e igualitario.

Desde el reconocimiento de: 

Que la nación Argentina adoptó “para su gobierno la forma representativa republicana federal”. (Art. 1º C. N.).  Ello implica, i) rige en la Republica, el imperio de la Ley; ii) la existencia de un estado federal integrado por la nación, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las veintitrés (23) provincias. 

Que la legislación es el conjunto de normas o reglas que rigen la actividad humana en la sociedad, cuya inobservancia esta sancionada (derecho objetivo).

Que en la Argentina, por mandato constitucional (Aplicación Arts. 75 [Ins. 18 y 19], 121, 125 y 129), existe múltiple potestad constitucional para legislar la materia sanitaria: tienen competencia constitucional para legislar en salud las veinticinco (25) jurisdicciones del país.

Que la legislación sanitaria interjurisdiccional es fragmentaria y poco equitativa (ello, fundado en diversas causas históricas de carácter político, jurídico, socio-cultural, económico y otras).  

LEGISALUD y el Atlas Federal de la Legislación Sanitaria de la Republica Argentina se constituyen en herramientas puestas al servicio del Ministerio de Salud de la Nación, para que éste, desde su rol de rectoría y trabajando con cooperativismo federal con los ministerios de salud provinciales, en el seno del COFESA, contribuyan con el COFELESA y el Poder Legislativo (nacional y provinciales), en la creación de legislación sanitaria federal equitativa, que responda a los paradigmas de más inclusión social en salud, y más dignidad, libertad e igualdad en salud.